El procedimiento europeo de reclamación de pequeñas deudas, en vigor desde 2009, es un mecanismo simplificado opcionado basado en formularios estandarizados para la demanda de deudas de escasa cuantía cuando el deudor y el acreedor están en diferentes países de la UE. Los cambios legales para modernizar este procedimiento y extender su uso salieron adelante con 650 votos a favor, 26 en contra y 28 abstenciones.
Los cambios fundamentales pretenden:
· permitir su uso en más casos: el umbral de deuda que se podrá reclamar sube de los actuales 2.000 euros a 5.000 euros,
· tasas judiciales proporcionales: las tasas por el uso del procedimiento deberán adecuarse al importe de deuda reclamado y no podrán rebasar las tasas aplicadas en procedimientos simplificados a escala nacional. Los Estados miembros también tendrán que garantizar que se pueden utilizar métodos de pago a distancia para liquidar las tasas.
· incentivar el uso de los medios de comunicación telemáticos durante los procesos: se animará a las partes en litigio a utilizar herramientas de comunicación como videoconferencias para las vistas orales siempre que sea posible, y
· ofrecer asistencia práctica: las autoridades nacionales deberán asegurar que las partes reciben asistencia gratuita para rellenar los formularios e información sobre el procedimiento y el tribunal competente.
Revisión tras cinco años
La posibilidad de elevar aún más el límite de deuda se estudiará cinco años después de la aplicación de las nuevas reglas.
También se evaluarán en los primeros años las implicaciones de permitir el uso de este mecanismo para reclamaciones transfronterizas de trabajadores contra las empresas, por ejemplo para exigir el pago de salarios adeudados en otro Estado miembro.
Próximos pasos
La normativa todavía debe ser aprobada por el Consejo de Ministros. Entrará en vigor 18 meses después de su adopción definitiva.
Procedimiento: Codecisión, primera lectura (acuerdo)
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