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Mifid, siga las instrucciones

Redacción - Martes, 11 de Marzo La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha incorporado a su página web la guíт­a 'Sus derechos como inversor: descubra la protección que le da la Mifid', en la que se detallan aquellos aspectos más novedosos de esta nueva normativa, entre los que destacan la regulación del asesoramiento, que hasta hora podíт­a prestar cualquier entidad o persona sin autorización alguna.

Mediante la aplicación de un ‘test de idoneidad’, que obliga a las entidades a recabar una información personal y financiera del cliente, éstas podrán asesorar a los inversiones con recomendaciones personalizadas, de manera puntual o continuada, con productos que mejor se ajusten a su situación personal, para lo que debe analizar sus conocimientos y experiencia previa.

De este modo, se regula algo para lo que antes no se necesitaba autorización, con el objetivo de “aumentar el control de esta actividad y mejorar la calidad del servicio que los inversores demandan cada vez más”.

Con un ‘test de conveniencia’ y, en caso de que el cliente quiera contratar un producto complejo, como fondos de inversión libre o contratos por diferencias, la entidad tendrá la obligación de asesorarle y comprobar si es adecuado. En caso de que quiera contratar un producto no complejo, como acciones, la entidad no estará obligada a advertirle y ejecutará la orden de compra.

La guíт­a es una adaptación de la que presentó hoy en Paríт­s el Comité Europeo de Reguladores de Valores (CESR), ‘Guíт­a para consumidores sobre la MIFID. La inversión en productos financieros’ (A Consumer’s guide to MIFID. Investing in financial products).

Con ella, los supervisores europeos tratan de difundir entre los particulares las novedades que ha introducido la ‘Directiva de Mercados e Instrumentos Financieros’ (MIFID) y que les afectan de manera directa en sus relaciones con los intermediarios financieros.

Asimismo, tratan de facilitar al consumidor una visión global del proceso de inversión, por lo que se ha estructurado en tres grandes bloques que reproducen las distintas fases en orden cronológico: antes de la inversión, durante y después de la inversión y cuestiones a tener en cuenta en todo momento.

GRADO DE PROTECCCIí“N.

Antes de contratar un producto o servicio de inversión, el cliente debe ser consciente del grado de protección a que tiene derecho, de la información que debe recibir y de los productos y servicios a los que se aplica el sistema de la Mifid. La protección será superior en el caso de los minoristas, aquellos que poseen menos conocimientos, frente a los profesionales.

En la fase de la inversión, el inversor deberá prestar especial atención a los procedimientos de ejecución de las órdenes, teniendo en cuenta que cada entidad tendrá establecida una políт­tica de ejecución que el cliente deberá aceptar de forma expresa.

La guíт­a recalca la importancia de mantener el control de las inversiones una vez realizadas, exigiendo y valorando toda la información que deberá enviarle su intermediario.
Asimismo, recuerda al inversor que, en caso de que no pueda recuperar el efectivo o los instrumentos financieros que hubiera confiado a la entidad financiera por insolvencia de ésta, podrá solicitar la compensación del fondo al que se encuentre adherida.

La guíт­a finaliza con una serie de conclusiones que resumen lo que deben ser las prácticas habituales de un inversor responsable: comprobación de que se trata con una entidad autorizada, análisis y reflexión previos a partir de la información recibida del intermediario y conservación de toda la información relacionada con las operaciones realizadas.




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