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Defenderse de las OPA (según el PSOE)

Redacción - Jueves, 23 de Noviembre El PSOE quiere que el requisito de la autorización previa por parte de la junta general de accionistas que se exige al consejo de administración de una empresa que pretende frenar una OPA
no se aplique cuando esa oferta proceda de una sociedad cuya sede social no está en España. Así lo recoge en su enmienda a la reforma de la Ley del Mercado de Valores para la modificación del Régimen de las Ofertas Públicas de Adquisición y de la Transparencia de los Emisores, registrada anoche en el Congreso, y a la que tuvo acceso Europa Press.
 
Dicha ley, trasposición de una directiva comunitaria, regula el deber de las sociedades de obtener la autorización previa de la junta general de accionistas, mediante el voto favorable de al menos dos tercios de los derechos de voto presentes o representados, antes de emprender cualquier acción que pueda impedir el éxito de la oferta.
 
Sin embargo, la propuesta del PSOE permitiría a las sociedades opadas no aplicar este requisito cuando "sean objeto de una oferta pública de adquisición formulada por una entidad que no tenga su domicilio social en España".
 
Según los socialistas, la reforma legislativa pretende mantener la neutralidad de los consejos de administración en caso de OPAs hostiles, preservando el interés de los accionistas, y su enmienda busca evitar una posible "desventaja competitiva" en el caso de que la sociedad opante proceda de un país donde no se aplica ese principio.
 
"La modificación propuesta condiciona claramente el principio de reciprocidad a que la sociedad que formula la OPA tenga su sede social fuera de España --argumenta el PSOE en su enmienda--. Sin esta modificación, se estaría reduciendo innecesariamente el alcance que hoy tiene este principio".



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